Almagro: El consistorio instala una silla adaptada en la piscina municipal para personas con discapacidad
Ago03

Almagro: El consistorio instala una silla adaptada en la piscina municipal para personas con discapacidad

Almagro Noticias.- La piscina municipal de Almagro cuenta desde esta semana con una silla adaptada para las personas con discapacidad o movilidad reducida, con capacidades diferentes. Era una demanda de vecinos como Antonio o Ana que ya han utilizado esta silla que permite introducirse en el agua con totalidad comodidad. EL concejal de Deportes, Jesús Santacruz, explica que se trata de una silla adaptada en una torre de aluminio que sin energía eléctrica de ningún tipo se conecta directamente con una toma de agua, cuya presión actúa en la función de elevación hidráulica, el usuario se sienta en esta silla ayudado en este caso por la persona encargada del manteamiento de la instalación municipal y se activa el giro y descenso lento de la misma para la inmersión en el vaso; el sistema de retorno es exactamente igual pero a la inversa. La silla que se ha colocado en un lateral de la piscina es de fácil montaje por si fuera necesario su desmontaje a lo largo de los tres meses que la piscina está abierta al público. Además, se ha pensado en este tipo de silla, no fija, porque permite que se pueda desinstalar durante el invierno para que no sufra las inclemencias del tiempo durante el tiempo que la piscina se mantiene cerrada. vía...

Read More
El edificio accesible tiene un plazo
Abr20

El edificio accesible tiene un plazo

Los edificios de viviendas existentes están obligados a realizar ajustes razonables de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017 para garantizar que las personas con discapacidad puedan hacer uso de los elementos comunes en las mismas condiciones que los demás vecinos. Así lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. A los propietarios les quedan algo más de dos años para ir llenando la hucha y pensar en instalar rampas, salvaescaleras, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que faciliten la entrada y salida del inmueble. Los principales escollos están en los accesos a los portales o dentro de los mismos. “Suelen ser pocos peldaños pero restan autonomía a una persona en silla de ruedas o con movilidad reducida”, dice Belén Galán, responsable de marketing y comunicación de ThyssenKrupp Encasa, empresa especializada en soluciones salvaescaleras. La otra gran barrera está en las escaleras que suben al piso. “Miles de edificios, sobre todos en los barrios periféricos de las ciudades, que tienen tres o cuatro plantas no tienen ascensor o elevador”, apunta Galán. Más del 75% de las fincas necesitan mejorar la accesibilidad, asegura Salvador Díez, presidente del Consejo General de Colegios y Administradores de Fincas de España (CGCAFE). Algunos expertos ven dificultades, sobre todo económicas, para cumplir con el objetivo de adaptar un parque antiguo de viviendas no preparado para dar respuesta a las personas con discapacidad. Las obras para quitar obstáculos no son baratas, aunque la ley acota los futuros desembolsos. Las medidas de adecuación de un edificio para facilitar la accesibilidad universal no deben suponer una “carga desproporcionada o indebida”. “La carga es desproporcionada cuando el coste de las obras repercutido anualmente, descontando las subvenciones y ayudas públicas a las que se pueda tener derecho, exceda de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes”, según recoge la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, que modifica los artículos 10 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Mientras no superen esas 12 mensualidades anuales, los gastos de las obras deben ser abonados por todos los propietarios. Si se sobrepasa ese presupuesto, entonces los vecinos tienen que convocar una junta y el acuerdo ha de ser adoptado con el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. Ahora bien, en el caso de que los vecinos que hayan solicitado las obras abonen el resto del coste por su cuenta, todos los demás estarán también obligados a pagar sus 12 mensualidades. “Puede solicitar...

Read More
Condenan a una comunidad de vecinos que no quiso adaptar su piscina a un niño con discapacidad
Mar24

Condenan a una comunidad de vecinos que no quiso adaptar su piscina a un niño con discapacidad

Rechazaron el proyecto de instalar una silla-grúa para el menor pese a que los padres asumían los gastos. Actuaron de forma abusiva e ilegal Leer...

Read More

NORMATIVA Y ACCESIBILIDAD

Aunque queda un largo camino por recorrer, son muchos los logros conseguidos en materia de accesibilidad. El Real Decreto 1/2013 de 29 de noviembre da como plazo máximo para hacer accesibles los espacios públicos urbanizados y edificaciones existentes  que sean susceptibles de ajustes razonables el 4 de diciembre de 2017. En lo referente a accesibilidad en las piscinas de uso comunitario, hemos preparado el siguiente resumen de las normativas que lo regulan:   Real Decreto 1/2013 de 29 noviembre. – Capítulo II Artículo 5. Ámbito de aplicación en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal b) Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación. – Capítulo V Artículo 22.  Accesibilidad. 1. Las personas con discapacidad tienen derecho a vivir de forma independiente y a participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Para ello, los poderes públicos adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la accesibilidad universal, en igualdad de condiciones con las demás personas, en los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como los medios de comunicación social y en otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Artículo 23.  Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación. 2. Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación establecerán, para cada ámbito o área, medidas concretas para prevenir o suprimir discriminaciones, y para compensar desventajas o dificultades. Se incluirán disposiciones sobre, al menos, los siguientes aspectos: a) Exigencias de accesibilidad de los edificios y entornos, de los instrumentos, equipos y tecnologías, y de los bienes y productos utilizados en el sector o área. En particular, la supresión de barreras a las instalaciones y la adaptación de equipos e instrumentos, así como la apropiada señalización en los mismos 3. Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación se establecerán teniendo en cuenta los diferentes tipos y grados de discapacidad que deberán orientar tanto el diseño inicial como los ajustes razonables de los entornos, productos y servicios Artículo 25. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en el ámbito de los espacios públicos urbanizados y edificación. 1. Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones serán exigibles en los plazos y términos establecidos reglamentariamente. No obstante, las condiciones previstas en el párrafo anterior serán exigibles para todos los espacios públicos urbanizados y edificaciones, de acuerdo con las condiciones y plazos máximos previstos en la disposición adicional tercera.1. Disposición adicional tercera. Exigibilidad de las condiciones básicas...

Read More
OCIO PARA TODOS
Oct27

OCIO PARA TODOS

Los próximos días 20 y 21 de noviembre estaremos en la Feria Orto Medical Care 2014 de Madrid, dónde presentaremos nuestro nuevo modelo METALU ECUESTRE y las últimas novedades en los elevadores de piscina. Apostamos por un ocio inclusivo y para todos y éste nuevo modelo es un paso más en la eliminación de barreras. Hace ya casi dos años que empezó éste proyecto, pero afortunadamente, ha sido poco el tiempo que nos han dejado los elevadores de piscina para llevarlo a cabo. Ahora que ya está todo listo, tenemos muchas ganas de darlo a conocer. Creemos en lo que hacemos y es por eso que nos hace tanta ilusión cada paso que damos. Son ya 5 modelos de elevadores de piscina, un modelo ecuestre y el trabajo continúa con una adaptación de éste último para piscinas de SPA. ¡Esperamos veros en Madrid!...

Read More
Nuevo elevador hidráulico en la Piscina de Verano de Gerena
Oct21

Nuevo elevador hidráulico en la Piscina de Verano de Gerena

De acuerdo con las condiciones que establece la Sección 8ª  de Piscinas de concurrencia pública del ” Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía”. Hoy Lunes 21 de Julio gracias al Excmo. Ayuntamiento de Gerena, la piscina pública de verano ha sido dotada de una grúa o elevador hidráulico que posibilitará a las personas con movilidad reducida la entrada y salida al vaso de la piscina de forma autónoma y segura. Desde Aquasport y en nombre de todas las asociaciones que hacen uso de las instalaciones queremos hacer público el agradecimiento por este nuevo elemento, tan necesario en las instalaciones. Ver en el sitio...

Read More